El Poder Judicial Federal ordenó al Gobierno del Estado de México emitir un nuevo programa de contingencias ambientales para las zonas metropolitanas del Valle de Toluca y la de Santiago Tianguistenco con apego a las Normas Oficiales Mexicanas (NOM) de ozono y de partículas PM 2.5 y 10, después de que Greenpeace ganó un amparo en ese sentido.
La organización ambientalista indicó que el portal del Consejo de la Judicatura Federal confirma que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito concedió a Greenpeace México, en segunda y definitiva instancia (amparo en revisión 364/2019), la protección judicial demandada para que se ajusten los parámetros para decretar contingencia ambiental en el Estado de México.
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El proyecto de sentencia avalado por dos votos contra uno, explica que si bien el Programa de Contingencias actual no contraviene las guías de la Organización Mundial de la Salud (OMS) sobre calidad del aire, resulta inconstitucional por no ser vinculante, pues sus fases se activan a partir de valores mucho más laxos que los impuestos como límites en las Normas Oficiales.
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El fallo destaca que al ser el ozono uno de los Gases de Efecto Invernadero (GEI), su valor límite debe ser al menos el de la NOM respectiva, si se tienen en cuenta las obligaciones de México de cara al Acuerdo de París para velar por la salud humana, la protección común de otras especies, y para que no se pierdan de vista los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030 de la ONU relacionados con el cambio climático.
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La organización considera que la sentencia evidencia la necesidad de que los programas de contingencias ambientales sean más estrictos y se apeguen a las normas, pues la población mexiquense está continuamente expuesta a altos niveles de contaminación del aire y los riesgos a la salud que implican, o que se puede agravar durante la actual crisis sanitaria ocasionada por la pandemia del Covid-19.
“Para mejorar la calidad del aire, y de la mano de otras organizaciones, Greenpeace ha alertado continuamente la necesidad de un cambio en los sistemas de movilidad de la entidad, incluyendo una ampliación y modernización de la red de transporte público e infraestructura para fomentar el uso de la bicicleta como modo de movilidad, considerando que el transporte es el sector más contaminante en el estado”, indicó la organización.
A la fecha, lamentó, la Secretaría de Movilidad del Estado de México no ha presentado un plan sustentable que atienda esas necesidades.
Luis Miguel Cano, consultor legal de GP México, indicó que el Tribunal reconoce el interés legítimo de Greenpeace México para accionar contra el Programa de Contingencias del Edomex, a pesar de no estar localizada en esa entidad federativa, al considerar que el derecho humano al medio ambiente sano sirve de principio constitucional para guiar las políticas públicas, y que el objeto social de la organización le permite enfocarse en temas de contaminación del aire; además de que las labores de GP México se han realizado de manera reiterada y sistemática desde su fundación.
Para el abogado, esta disertación implica avanzar en sentido correcto para un mejor acceso a la justicia ambiental y facilitar la exigencia judicial del respeto al derecho a un medio ambiente sano.