El grupo parlamentario de Morena en la Legislatura local presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de México, con el objetivo de tipificar como delito el transfeminicidio -con la finalidad de evitar cualquier vacío legal que deje estos crímenes impunes- y sancionarlo con hasta 70 años de prisión.
Para la diputada Beatriz García Villegas, promotora de la iniciativa, reconocer el transfeminicidio como una figura penal autónoma y como un crimen con sus propios rasgos contribuirá a comprender, visibilizar, prevenir y erradicar los crímenes cometidos por motivo de identidad y/o expresión de género.
También advertirá la grave problemática de la que son víctimas los integrantes de la comunidad LGBTTTIQ+ y establecerá tipos penales específicos que contribuyan a maximizar su protección frente a posibles agresiones y violencia.
García Villegas destacó la necesidad de que las personas de la diversidad sexual tengan leyes más justas para sancionar de manera efectiva las conductas delictivas que se cometan en su contra y, al mismo tiempo, eviten cualquier laguna o vacío que dé origen a la impunidad.
La reforma, confió, obligará la apertura de investigaciones de delitos cometidos por motivos de identidad y/o expresión de género desde el primer momento, lo que contribuye al ejercicio pleno de justicia, ayuda a combatir conductas de revictimización por parte de órganos del Estado y cuerpos de seguridad, y permite el correcto tratamiento de la víctima como una mujer trans.
Actualmente, destacó, hay desconocimiento y falta capacitación de los cuerpos policiales, fiscales y autoridades forenses para el reconocimiento de esta identidad, de tal manera que los registros son imprecisos.
Las mujeres trans, refirió, con frecuencia son identificadas como “hombres vestidos con ropa de mujer”, lo que invisibiliza y estigmatiza a esta población, y evita los registros confiables sobre la magnitud del problema.
De aprobarse la propuesta, el delito de transfeminicidio se castigará con entre 35 y 70 años de prisión, y en caso de que no se acredite el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio.
La modificación es necesaria, lamentó, porque en México persiste una situación de violencia generalizada en contra de las personas lesbianas, gay, trans, intersexuales, asexuales y queer, motivada por prejuicios morales y cristalizada en dinámicas sociales que ponen en peligro la vida, dignidad e integridad de las personas con orientaciones sexuales, identidades y expresiones de género diferentes a la heteronormatividad.
Las condiciones estructurales de violencia y discriminación, añadió, se traducen en una alta tasa de crímenes de odio contra esta comunidad.
El informe “Crímenes de odio contra personas LGBTTTIQ+ en América Latina y el Caribe” del ILGALAC revela que México es el segundo país con más crímenes de odio en América Latina, sólo después de Brasil.