El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que el alcalde de Toluca, Raymundo Martínez Carbajal, incurrió en violencia política en razón de género en contra de María Ana González Hermitaño, representante indígena ante el ayuntamiento, aunque la administración municipal aclaró que los términos aludidos no fueron esgrimidos por el edil, sino por el área jurídica.
La afectada entabló el Procedimiento Especial Sancionador (PES) 58 del 2023 en contra de la Presidencia Municipal de Toluca por presuntas conductas constitutivas de violencia política de género, derivado de expresiones contenidas en diversos escritos que pretendían dar contestación a un requerimiento efectuado por el propio Tribunal Electoral.
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En estos documentos, la alcaldía refiere que la demandante tiene una “actitud caprichosa y negativa”, “actitud negativa”; “notoria mala fe”; “exigencias arbitrarias”; la acusa de “abusar”; dice que la demanda tiene origen “en un antojo”; y utiliza términos como “oscuridad de sus caprichos”, “la oscuridad, frivolidad e incongruencia que ha utilizado la hoy denunciante”; y “se encuentra confundida del cargo que ostenta”.
Desde un enfoque de juzgamiento con perspectiva de género e interculturalidad, el TEEM determinó que estas frases actualizan violencia política en razón de género, pues el denunciado solo debía pronunciarse sobre aceptar o negar los hechos y, en su caso, exponer las excepciones y defensas que conforme a derecho correspondían.
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Por el contrario, indicaron, no era necesario emitir calificativos y expresiones sobre la representante indígena que van más allá de argumentos de defensa, colocándola en una posición vulnerable, por lo que el pleno determinó dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México para que imponga la sanción conducente.
En respuesta, el ayuntamiento precisó que las expresiones del documento no fueron esgrimidas por el alcalde, sino por empleados del área jurídica de la administración municipal que emplearon conceptos propios de la naturaleza de un juicio.
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Por eso, indicó, “la administración municipal se manifiesta en desacuerdo con los resolutivos en el sentido de dicha determinación, ya que no existió intención de generar un agravio en la persona en razón de su género o interculturalidad”. En este entendido, anticipó que controvertirá la decisión.
“El primer edil y el ayuntamiento se han caracterizado y pronunciado en favor de las mujeres y los grupos originarios de la ciudad; existe una relación de consideración y acompañamiento con la representante indígena, con quien ha sido respetuoso desde su proceso de selección”, añadió.