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Publicado en EDOMÉX

Desde la perdida de registro, hasta sanciones económicas a quien viole las normas en elección Judicial

Viernes, 17 Enero 2025 19:01 Escrito por  Veneranda Mendoza
Será castigada la difusión de propaganda que contenga expresiones que calumnien a las instituciones Será castigada la difusión de propaganda que contenga expresiones que calumnien a las instituciones

Hasta con la pérdida de registro como candidato o con la cancelación de la candidatura, podrán ser sancionados aspirantes a jueces o magistrados locales que compitan en la contienda del primero de junio de este año, en caso de que violen las normas establecidas.

Las reformas al Código Electoral del Estado de México recientemente aprobadas, contemplan que las infracciones serán castigadas con amonestación pública o con multa de mil hasta cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) vigente.

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De igual manera, prevé la pérdida del derecho a ser candidata o candidato, y si el aspirante ya hubiera sido propuesto por el Comité de Evaluación correspondiente o la autoridad que represente cada Poder, procederá la cancelación de la candidatura.

No obstante, los cambios jurídicos son imprecisos para determinar en qué momento o a qué nivel la infracción da pie para ser sancionada con el castigo más leve o el mayor, o cómo estimar el monto de la multa a imponer, de ser el caso.

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Entre las infracciones previstas por la norma y atribuibles a los candidatos se encuentra el incumplimiento de las obligaciones señaladas en la Constitución Local y en el Código Electoral Estatal, y el incumplimiento de las resoluciones, acuerdos o determinaciones del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM).

También será motivo de sanción la realización de actos anticipados de campaña y el incumplimiento de las demás disposiciones previstas en el Código en materia de campañas.

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De igual manera, será castigada la difusión de propaganda que contenga expresiones que calumnien a las instituciones, autoridades electorales y jurisdiccionales, partidos políticos, coaliciones o candidaturas a personas candidatas a cargos de elección del Poder Judicial.

También será motivo de castigo la omisión o el incumplimiento de la obligación de proporcionar, en tiempo y forma, la información que sea solicitada por a los aspirantes por el IEEM, y el incumplimiento a las obligaciones para prevenir, atender y erradicar la violencia política contra las mujeres en razón de género.

Las modificaciones disponen que, además, será sancionada la comisión de cualquier otra falta de las ya previstas en el Código Electoral estatal.

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