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Al resolver el juicio general 30 de 2025, los magistrados federales recordaron que el TEEM determinó que los alegatos de Velázquez eran inoperantes, ya que el Comité de Evaluación realizó la insaculación y el 28 de febrero envió a la Legislatura local la documentación con los listados de candidatos, los cuales fueron remitidos posteriormente al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM). Por ello, el TEEM desechó la impugnación.

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