Tres Pm

La ponencia del magistrado Oscar Pasquel Fuentes señaló que la parte quejosa únicamente presentó ligas electrónicas como pruebas técnicas, las cuales no se robustecieron con otros elementos que confirmaran su veracidad. Indicó que los enlaces remitidos correspondían al mismo video replicado por diversos medios digitales, lo que solo constituye un indicio leve sin suficiente sustento probatorio.

Entre los agravios, la promovente alegó que Jannet Ramírez Díaz habría distribuido “acordeones” con información electoral entre votantes, solicitando por ello la nulidad del proceso. Sin embargo, el pleno del TEEM determinó que no se presentaron pruebas suficientes que acreditaran la entrega de dichos materiales antes o durante la jornada electoral ni su posible influencia en los resultados.

Página 1 de 9