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TEEM declara invalida la elección en Nextlalpan

Jueves, 15 Julio 2021 15:58 Escrito por  Veneranda Mendoza

El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) declaró la invalida la elección municipal de Nextlalpan, en virtud de que no existen resultados electorales porque la papelería fue destruida o quemada, por lo que determinó comunicar la decisión a la Legislatura local, para que emita la convocatoria a elección extraordinaria, y al Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) para los efectos legales a que haya lugar.

La declaratoria se tomó por unanimidad, a propuesta del magistrado Jorge Muciño Escalona, al resolver el Juicio de Inconformidad 11 del año en curso, promovido por el partido Nueva Alianza Estado de México (NAEM), a través de su representante propietario ante el Consejo Municipal Electoral con sede en Nextlalpan, mediante el que solicitó la nulidad de la elección celebrada el pasado 6 de junio pasado.

El magistrado ponente acreditó hechos de violencia en la generalidad de las casillas instaladas en el municipio, “consistentes en la destrucción y quema de la documentación y material electoral”.

“Derivado de los connatos de violencia, el Consejo Municipal no contó con documentación para realizar el cómputo correspondiente y, en consecuencia, no estuvo en posibilidad declarar la invalidez de la elección realizada”, refiere el proyecto.

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Muciño Escalona recordó que una de las atribuciones del órgano desconcentrado es la declaración de validez, que da cuenta de que la jornada electoral se desarrolló en estricta observancia de los principios rectores de la elección.

Así, cuando se infringe algún principio, como en este caso fue el de certeza, el órgano electoral administrativo posee facultades implícitas que le permiten declarar la invalidez de la elección en ausencia total de resultados electorales.

Por tanto, indicó que dado que no existe la declaratoria de validez o invalidez de la elección, es necesario declarar la invalidez en razón de que los hechos de violencia en las casillas repercutieron de forma decisiva en la garantía del voto ciudadano, así como en el principio de certeza, al impedir que la ciudadanía votara y que la autoridad electoral contara con resultados electorales que permitieran computar y de allí obtener un ganador de la elección

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“La elección que se impugna no puede gozar de validez, sustancialmente porque derivado de los hechos de violencia no se llevó a cabo de manera completa y no existen resultados electorales mediante los cuales sea posible declarar la existencia de un ganador de la misma”, indicó el pleno.

En su momento, Raúl Flores, magistrado presidente, advirtió que la declaratoria de invalidez era una determinación que debía y podía tomar el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), pero debió tomarlo el Tribunal porque los consejeros fueron omisos.

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