El Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) solventará las fianzas -para garantizar el resarcimiento de un eventual daño patrimonial- de los ayuntamientos mexiquenses que cuenten con suficiencia presupuestal.
Por el contrario, el organismo auditor advirtió que quienes no gocen de finanzas sanas deberán adquirirlas con sus propios recursos, pero no se puede evadir la obligación, pues se encuentra establecida por ley y el desacato será sancionado.
La Ley de Fiscalización Superior del Estado de México establece que personas servidoras públicas de las entidades fiscalizables municipales que capten, recauden, reciban, administren o manejen recursos del erario, están obligados a otorgar las cauciones o garantías a favor del municipio.
El objeto de la fianza es caucionar el manejo de los fondos municipales por un monto equivalente de uno al millar del importe correspondiente a los ingresos propios y las participaciones que en ingresos federales y estatales le correspondieron del ejercicio inmediato anterior.
Con ello se pretende garantizar el resarcimiento del daño patrimonial en caso de que los responsables del manejo de fondos y valores del ente incurran en una conducta ilícita para asegurar el buen ejercicio de los recursos y patrimonio público, es decir, es una suerte de protección a la hacienda pública municipal.
El OSFEM informó a las nuevas administraciones que la contratación de las fianzas a las que están obligadas por ley podrán ser obtenidas a través de procesos adquisitivos que realizará el ente fiscalizador, siempre y cuando gocen de suficiencia presupuestal.
La erogación debe comprobarse y registrarse a través de la presentación del soporte documental correspondiente, con base en los requisitos establecidos en la Ley General de Contabilidad Gubernamental, el Código Fiscal de la Federación, el Código Financiero del Estado de México y Municipios, la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios y su Reglamento.
Sin embargo, de no existir suficiencia presupuestal, los entes obligados contratarán las cauciones con sus propios recursos, como lo establece el punto 11 de los Criterios Generales para la Contratación de Fianzas que deben otorgar los servidores públicos de las Entidades Fiscalizables Municipales del Estado de México, publicados en la Gaceta del Gobierno el 14 de diciembre de 2021, a través del Acuerdo 017/2021 del OSFEM.
En caso de que la fianza sea contratada por el municipio, deberá integrar un expediente con copia del contrato, documento o instrumento jurídico en el que conste la obligación del fiado, y copia de la póliza de fianza o del documento de inclusión que garantice la obligación y los endosos modificatorios expedidos a favor del ente público.
Incumplir los criterios de contratación dará lugar a responsabilidades administrativas.
Los tesoreros, directoras y directores de finanzas o equivalentes deberán enviar vía electrónica al OSFEM la póliza de la fianza en archivo digital, el endoso modificatorio, póliza cheque o comprobante de depósito, así como la factura electrónica con sello digital expedida por la institución afianzadora a favor de la entidad fiscalizable municipal en los 10 primeros días hábiles de febrero de este año.