La Legislatura mexiquense avaló, como integrante del constituyente permanente, la minuta del Senado con la que se elimina el fuero al presidente de la república para que pueda ser enjuiciado durante el tiempo de su encargo por traición a la patria, corrupción, delitos electorales y todos por los que pueda ser enjuiciado cualquier ciudadano común.
Sin embargo, esta modificación al proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 108 y 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no alcanza a las autoridades estatales. Para que así ocurra, debe ser aprobada la iniciativa promovida en diciembre de 2018 por la diputada morenista Azucena Cisneros.
Apenas este fin de semana, Maurilio Hernández, coordinador del grupo parlamentario de Morena, adelantó que su bancada impulsará la iniciativa propuesta por la legisladora, aunque no precisó temporalidad. Para Cisneros Coss, la aprobación de la eliminación del fuero del presidente de la república obliga a la Legislatura local a avalar la desaparición de esa figura en el Estado de México, sin matices. La morenista indicó que la reforma no ha caminado a nivel local porque el grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI) había considerado necesario que antes se aprobara la federal para homologar los criterios.
“Claramente ha expresado el PRI (la necesidad de) esperar a que fuera la federal la que lo aprobara. Ahora, no hay ningún pretexto. Espero que sin miramientos se apruebe en este periodo”, apeló Cisneros, para quien, a su decir, sería incongruente que no ocurriera lo mismo a nivel Estado de México, pues además “es un clamor social”.
También consideró que debe avalarse en los mismos términos, de tal forma que no quede en inmunidad constitucional; es decir, que ya no sea necesario esperar una sentencia ejecutoria para el desafuero, como se había propuesto: “Se trata de eliminar el fuero como tal, sin ninguna mediación. Que se acabe con la figura del fuero porque ha sido parte de la cultura de la impunidad, se ha tergiversado”. De esta manera, se eliminaría el fuero al gobernador, diputados locales, magistrados e integrantes del Consejo de la Judicatura, magistrados del Tribunal de Justicia Administrativa, titulares de las dependencias del Poder Ejecutivo, al fiscal general de Justicia y a los integrantes de los órganos autónomos.
La iniciativa original planteaba desaparecer la figura del fuero, pero mantener la inmunidad de los servidores públicos, hasta en tanto existiera una sentencia condenatoria en su contra, de tal manera que pudieran ser sujetos a procedimiento penal en libertad. La inmunidad no imposibilita que se lleve a cabo la averiguación previa correspondiente y el ejercicio de la acción penal en contra de estos servidores públicos, pero las medidas cautelares aplicables no pueden consistir en privación, restricción o limitación de la libertad, mientras no haya sentencia.
En el caso del gobernador, la propuesta disponía que durante el período de su ejercicio sólo podría ser denunciado, acusado, imputado, procesado y sentenciado por delitos contra la seguridad del Estado y cualquier otro delito del fuero común.