La asociación Presunción de Inocencia y Derechos Humanos promovió una acción colectiva para liberar a los internos de los penales estatales que alcanzan algún beneficio, incluso desde noviembre de 2018, pero a quienes se ha negado la preliberación con diversos argumentos.
El recurso, promovido el 11 de junio pasado, va dirigido al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado de México (TSJEM) y del Consejo de la Judicatura, Ricardo Sodi, para que, de entrada, se revisen los casos de 1 083 internos de los penales de Chiconautla, Neza Bordo, Tenango del Valle, Chalco, Barrientos, Otumba, Zumpango, Texcoco y Santiaguito.
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Esta cifra, precisó José Humbertus Pérez, fundador de la organización, es sólo una muestra integrada en dos meses por la organización que encabeza para verificar casos en los que las personas privadas de su libertad (PPLs) sujetas al procedimiento abreviado ya compurgaron 50%, 70%, e incluso 85% de sus penas, desde noviembre de 2018.
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El activista indicó que, no obstante, en este supuesto se encuentran hasta 13 500 internos de los penales estatales, que representan 48% de la población penitenciaria, a quienes se ha negado la libertad anticipada o condicionada con diversos argumentos jurídicos, pero deben ser excarcelados, no por la contingencia del COVID-19, sino porque la ley prevé los supuestos en que se encuentran y ya cumplen los requisitos en ella establecidos.
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Pérez Espinoza aseguró que el recurso promovido tiene calidad jurídica vinculatoria (obligatoria), “en virtud de que las personas tienen una afectación común, que es su libertad, que está normada y legislada en la estructura jurídica del sistema de ejecución penal”. Este instrumento, prosiguió, en este caso, sirve para que el Estado restituya a las PPLs sus derechos fundamentales por afectaciones económicas, psicológicas, sociales; pero también procede, por ejemplo, para proteger acciones en materia de medio ambiente y otros derechos colectivos.
Nuestra Acción Colectiva, precisó, aspira a que se cumplan los beneficios a los que tienen derechos las PPLs y se les otorgue su libertad.
Presunción de Inocencia ya ganó una acción colectiva promovida en 2017, en favor de más de 380 internos del penal de Chiconautla, a los que se debió otorgar el brazalete electrónico para enfrentar sus procesos en libertad. También hay casos de acciones colectivas de personas degradadas por constructoras, y en febrero de 2019, Profeco ganó la emprendida en contra de Casas Ara, con lo que la constructora deberá pagar daños y perjuicios a los consumidores afectados, más 20% como indemnización.
Pérez Espinoza añadió que, de ser negada esta figura por los órganos del Estado o por particulares, es procedente la aplicación del artículo 5 de la Ley de Amparo, que implica acogerse a la justicia federal mediante la promoción de una demanda de este tipo.