La organización Presunción de Inocencia y Derechos Humanos A.C. (PIDH) interpondrá un recurso de amparo indirecto en contra del Acuerdo del Poder Judicial del Estado de México sobre los lineamientos para sustanciar las solicitudes de amnistía, esto por considerar que son violatorios de la Ley en la materia, ya que se ignora la competencia de la Comisión Especial de la Legislatura para promover el beneficio para falsos culpables.
José Humbertus Pérez Espinoza, Presidente de PIDH, alertó que los lineamientos promulgados, este lunes en la Gaceta de Gobierno, incurren en graves omisiones y en la inobservancia a los artículos: 1, 7, 16, 17 y 18 de la Ley de Amnistía del Estado de México, en donde se establecen las facultades constitucionales para que el Poder Legislativo, a través de la Comisión Especial, conozca de las solicitudes para delitos de alto impacto.
El activista alertó la posibilidad de que los órganos responsables de la interpretación y aplicación de las normas y leyes, con un reglamento o lineamiento, pretendan no cumplir con lo ordenado por el Poder Legislativo.
Lo más lamentable, indicó, sería que el propio Poder Legislativo sea cómplice de estas conductas, ocasionando un detrimento en los internos inocentes por delitos fabricados en procesos de alto impacto para la sociedad.
Para Pérez Espinoza, los lineamientos descarrilan la Ley de Amnistía para no atender estos casos, pues sólo reconoce los supuestos de los delitos de bajo impacto. Por otro lado, la Comisión Especial, recordó, atenderá a los casos de Amnistía que por su relevancia se encuadren en los supuestos de violación a derechos, fallas en la aplicación de algunos principios penales del Sistema Acusatorio o la plena presunción de fabricación de delitos.
Por tanto, destacó, los lineamientos para sustanciar la solicitudes de Amnistía del Poder Judicial tenían que incluir las figuras jurídicas sobre la opinión consultiva que realizarán la Comisión de Derechos Humanos, la Fiscalía General de Justicia, el Ejecutivo a través de la Secretaría de Justicia y Derechos Humanos, las organizaciones de la sociedad civil, debidamente registradas, y la del propio Poder Judicial del Estado de México, esta sobre los casos que por su relevancia se encuadren en los supuestos de violación a derechos, fallas en la aplicación de algunos principios del sistema penal acusatorio o la plena presunción de fabricación de delitos.
Desde este punto de vista, prosiguió, debió establecerse qué órgano jurisdiccional atenderá las recomendaciones legislativas de Amnistía que surjan de las opiniones consultivas, incluyendo las del Poder Judicial. Indicó que: "Estamos ante un descarrilamiento de la Ley de Amnistía del Estado de México para no atender los delitos de alto impacto o graves", pese a quienes han sido avisados de ellos y son inocentes.
Por todo lo mencionado, José Humbertus Pérez no descartó que la omisión haya sido concertada y avalada por la Legislatura local, quien tampoco cumplió en tiempo y forma con la instalación de la Comisión Especial en los 30 días hábiles siguientes a la promulgación de la norma, término que feneció el 17 de febrero de 2021; mientras que, el órgano parlamentario se instaló apenas el 04 de marzo, lo que podría demostrar que no existe voluntad para cumplir la norma.