El tope a las comisiones que podrán cobrar las Afores en México es un hecho: comenzará a aplicarse a las Administradoras a partir del proceso de autorización de precios en noviembre y diciembre de 2021, y a los trabajadores a partir de 2022.
La Secretaría de Hacienda (SHCP) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) que dicta las políticas y criterios para establecer el tope a las comisiones de las Afores.
Este cambio en el cobro de comisiones de las Afores nació con la aprobación de la reforma a Ley del Seguro Social y la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro en diciembre de 2020, la cual entró en vigor el 1 de enero de 2021.
En esta reforma se estableció que las comisiones que cobren las Administradoras estarán sujetas a un máximo que resultará del promedio aritmético de los cobros en materia de comisiones en los sistemas de contribución definida de Estados Unidos, Colombia y Chile.
Con esto, en la medida en que las comisiones en estos países tengan ajustes a la baja, serán aplicables las mismas reducciones y, en caso contrario, se mantendrá el promedio que al momento se esté aplicando.
"En cumplimiento (...) resulta necesaria la emisión de un nuevo Acuerdo por el que se dicten políticas y criterios que permitan calcular y establecer un máximo al que se sujeten las comisiones que cobren las Afore", dijo la dependencia.
Dichas políticas y criterios comenzarán a aplicarse a partir del proceso de autorización de comisiones que se lleve a cabo en los meses de noviembre y diciembre de 2021, y se cobrarán a los trabajadores a partir del ejercicio fiscal 2022.
Actualmente, la comisión sobre saldo administrado es de 0.81 por ciento para el promedio del sistema en el País; la más alta la tiene Invercap con 0.87 por ciento. En México existen nueve Afores privadas y una pública; en conjunto administran alrededor de 4.7 billones de pesos del ahorro de 67.6 millones de trabajadores.