El Congreso de Puebla aprobó este martes, en sesión ordinaria, un dictamen de reformas al Código Civil para permitir los matrimonios igualitarios. Con 31 votos a favor, 5 en contra y 3 abstenciones, la Legislatura estatal modificó los artículos 300 y 294 del Código Civil estatal, en los que antes sólo se nombraba al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer.
Entre críticas de la oposición por decidir legislar al respecto en época electoral, la bancada de Morena impulsó las reformas que en 2018 no tomó en cuenta cuando fueron propuestas por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Comisión de Gobernación.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió en octubre pasado una recomendación al Congreso sobre legislar este tema, o, de lo contrario, estaría cayendo en desacato Constitucional. En 2017, el ministro Eduardo Medina Mora Icaza también determinó en una ponencia que el artículo 300 del Código Civil estatal resultaba inconstitucional.
"El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la porción impugnada del artículo 300 del Código Civil para el Estado de Puebla es inconstitucional, pues atenta contra la autodeterminación de las personas y el derecho al libre desarrollo de la personalidad de cada individuo y, de manera implícita, genera una violación al principio de igualdad", afirmó.
Un año antes, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) promovió una acción de inconstitucionalidad por el artículo 294, que también discriminaba a la comunidad lésbico, gay, transexual, transgénero. Existen al menos otras trece entidades en las que se ha modificado el Código Civil estatal para permitir este tipo de matrimonios, los más recientes fueron Oaxaca, Baja California Sur, San Luis Potosí e Hidalgo, todos durante 2019.
Asimismo, también se permite en Coahuila, Colima, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Quintana Roo y Ciudad de México, en este último desde 2009.