La Sala Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) exculpó al alcalde de Xonacatlán, Serafín Gutiérrez, de violencia política de género en contra de la cuarta regidora, Jared Rincón.
La magistrada presidenta, Marcela Fernández, además ponente, consideró fundados los agravios esgrimidos por el presidente municipal, en el sentido de que la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) en que se determinaba que incurrió en violencia política de género en contra de su compañera de cabildo, atenta contra los principios de retroactividad, legalidad y seguridad jurídica por indebida fundamentación y motivación, "debido a que no se colman los extremos establecidos en la jurisprudencia de la Sala Superior para tener por acreditada la existencia de violencia política en razón de género en perjuicio de la cuarta regidora del citado ayuntamiento".
Por tanto, por unanimidad del pleno y sin discusión, la Sala Regional ordena al Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) hacer de conocimiento la sentencia a las autoridades a quienes vinculó u ordenó dar vista en la instancia previa.
Con ello, mandata eliminar el nombre del edil del registro nacional de agresores de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género del Instituto Nacional Electoral (INE), como también lo había determinado el Tribunal local, lo que lo habría inhabilitado para participar en la actual contienda, en busca de la reelección.
De esta manera, Gutiérrez Morales tampoco será amonestado públicamente ni deberá tomar un curso sobre violencia política de género en la Secretaría de la Mujer, como se había determinado.
Ésta decisión, de igual manera, deja sin efectos el amparo que el alcalde había interpuesto en contra del fallo del TEEM.
Simei Jared Rincón Bartolo entabló el juicio ciudadano local 24 de 2020 debido a que se le negaron recursos materiales y mobiliario de oficina, además de que se recortó el personal a su cargo y no fue informada del momento en el que se le restituyó la titularidad de la Comisión de Agua, Drenaje y Alcantarillado, de la que fue removida durante su embarazo.
Para el TEEM, estas conductas constituyen violencia política de género en contra de la quejosa.