El Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) determinó que la cuarta regidora del ayuntamiento de Zinacantepec, Iriana de la Vega, es responsable de incurrir en violencia política en razón de género por uso de lenguaje inadecuado en perjuicio de la síndico municipal.
La regidora, por su parte, aclaró que los señalamientos realizados contra la síndico no fueron en su calidad de mujer; le dije que no sabía leer, manifestó, porque de otra manera no habría permitido que se configuraran tantas anomalías financieras en el municipio.
Derivado del Procedimiento Especial Sancionador 27/2021, los magistrados determinaron, por unanimidad, que al cuestionar la capacidad de la síndico, Noemí Camino Vallejo, para desempeñar este cargo, la regidora incurrió en violencia política por razón de género.
La sentencia se desprende de una publicación en redes sociales, que a consideración de los magistrados, emplea lenguaje discriminatorio, desigual y difamatorio.
“Se arriba a dicha conclusión, pues del estudio integral de la conversación que Blanca Iriana De la Vega Barrios mantuvo con la cuenta de Alfredo Cruz Mancilla por Facebook, es claro que con las expresiones realizadas, se pone en entredicho la capacidad de la síndico para desempeñar el cargo que ostenta, así como sus habilidades para la política”.
En los mensajes, el pleno encontró estereotipos de género, particularmente por la condición de mujer de la síndico, que tienen por objeto demeritar la capacidad de la quejosa para gobernar, al contar con la pasantía en la carrera de artes plásticas, lo que a su decir además la discrimina por esta circunstancia.
El magistrado ponente, Jorge Muciño, consideró que con estas expresiones se etiqueta la conducta de la síndica, al relacionarla con actividades y con formas de proceder que históricamente han sido atribuidas a mujeres, demeritando con ello, su capacidad de llevar adecuadamente el ejercicio de la función que le ha sido encomendada legalmente y exhibiendo que debido a que es maestra de kínder no tiene la capacidad para entender los temas que se presentan en las sesiones de cabildo.
El Tribunal considera que las expresiones están cargadas de elementos estereotipados, con lo que demerita la capacidad de la denunciante en el ejercicio de su función.
En este sentido, los magistrados determinaron amonestar públicamente a De la Vega Barrios, le ordenaron ofrecer una disculpa pública y tomar un curso sobre violencia política de género en la Secretaría de la Mujer del Estado de México.
El tribunal electoral local vinculó a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) a dar vista a la autoridad competente en materia de responsabilidades administrativas a fin de que determine lo que en derecho proceda conforme a sus atribuciones.
También ordenó informar al Instituto Nacional Electoral (INE) para que inscriban a Vega Barrios en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género por un plazo de dos años, contados a partir de que cause estado la resolución.
Por su parte, Iriana de la Vega respondió a la resolución mediante redes sociales. Aclaró que los señalamientos realizados a la síndico en ningún momento fueron motivadas por su razón de género; indicó que le llamó "iletrada" porque nunca leyó los principios básicos de Morena y por eso posiblemente jamás se apagó a ellos.
La síndico, expuso, tampoco leyó cada uno de los convenios suscritos por el ayuntamiento en favor de unas 15 empresas de familiares del ex alcalde Gerardo Nava -hoy detenido por el atentado contra un regidor-, ni la nómina del ayuntamiento, y ni siquiera la nómina de su sindicatura en la que, refirió, tiene a su pareja sentimental y a familiares.
Si la síndico tuviera conocimientos básicos sobre contabilidad, consideró, habría detectado todas las anomalías financieras en el municipio, como lo demanda la tarea para la que fue electa. Por lo que los señalamientos, insistió, cuestionan no su condición de género, sino su encomienda de elección popular.