El Poder Judicial Federal admitió la demanda de amparo entablada por la asociación civil Presunción de Inocencia y Derechos Humanos en favor de 43 Personas Privadas de la Libertad recluidas en el penal Neza-Bordo a quienes les fueron dictadas opiniones consultivas desfavorables para acceder a la amnistía.
Los quejosos acusan a la Comisión Especial en Materia de Amnistía de la LX Legislatura del Estado de México de omisión por remitir, de forma incompleta, a la Comisión de Derechos Humanos (Codhem) las solicitudes que requerían su opinión consultiva por tratarse de temas relevantes en que se presumen violaciones a las garantías individuales y/o al debido proceso.
También advierten que la Visitaduría de Atención y Coordinación Especializada de la Codhem no entró al fondo de cada petición y emitió opiniones consultivas desfavorables con base en un oficio “machote”, lo que puede resultar violatorio del análisis integral de cada solicitud.
Al admitir la demanda, por tanto, el Juzgado requirió a las autoridades señaladas
informe justificado, que deberán rendir dentro de quince días, expresando con precisión si es o no cierto el acto que se les reclama; señalar las razones y fundamentos para sostener la improcedencia, constitucionalidad o legalidad del acto reclamado; y copia certificada de las constancias que sirvieron de base para emitir el acto que se les atribuye.
De no atender el informe, a los denunciados se impondrá multa de cien a mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
Para continuar con el desahogo de la demanda de amparo, el juez determinó el primero de septiembre como fecha para la celebración de la próxima audiencia constitucional
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