El diputado priista, Braulio Álvarez Jasso, propuso tipificar como robo y agravar las sanciones en contra de las personas que consuman gasolina sin pagar el producto en la estación de servicio o lugar donde se comercialice.
Lo anterior, derivado de que en los los últimos años se ha incrementado el número de personas que, en establecimientos de los valles de Toluca y de México, solicitan cargar combustible y se van sin pagar, motivo por el cual, pidió de cinco a 10 años de prisión para quien cometa este delito.
“En voz del titular de la Asociación de Distribuidores de Gasolina y Lubricantes del Estado de México, los hechos asociados al robo de gasolina en los establecimientos dedicados a la venta de este insumo, se registran al menos tres veces a la semana principalmente durante los fines de semana, en horarios nocturnos y en algunas gasolineras que se encuentran en lugares limítrofes de los municipios, siendo los más afectados Toluca, Zinacantepec y Lerma, entre otros”, refirió Álvarez Jasso.
En presencia de Jorge Luis Pedraza Navarrete, presidente de la Asociación de Distribuidores de Gasolina y Lubricantes de la entidad y Miriam Rodríguez Lora, directora de la Cámara Nacional del Comercio (Canaco), el legislador priista explicó que, cuando salen sin pagar, la mayoría de las veces lo hacen de forma agresiva, embistiendo con el vehículo a los despachadores y, otras ocasiones, dañando el mobiliario.
Durante la sesión de la Diputación Permanente, Álvarez Jasso señaló que, de acuerdo a la normatividad y por seguridad de los establecimientos, las gasolineras deben de contar con cámaras de seguridad, lo que ha permitido, en algunos casos, identificar a las personas que han adoptado esta conducta delictiva.
Lo anterior, agregó, constituye un quebranto económico para el dueño o dueños de la estación de servicio, y de manera indirecta para los trabajadores y despachadores, ya que en algunos casos se les finca algún tipo de responsabilidad en los hechos, que repercuten en su propia economía; esto, independientemente de los daños al mobiliario y los accidentes que se ocasionan a otros usuarios, transeúntes y otros vehículos.
Esta iniciativa con Proyecto de Decreto, mediante el cual se adiciona la fracción IV al artículo 288 del Código Penal del Estado de México, con relación al robo de gasolina que expenden las unidades económicas que ofrecen ese servicio fue turnada a la Comisión Legislativa de Procuración y Administración de Justicia para su estudio y dictamen.