En menos de una semana, dos internos fallecieron en penales estatales; la primera, al decir de sus familiares, por la negativa de las autoridades penitenciarias para trasladarla a un nosocomio para una operación; el segundo ya había compurgado en su totalidad su pena en 2020, pero fue asesinado.
Fabiola Vite, coordinadora del Centro de Derechos Humanos Zeferino Ladrillero (CDHZL), informó que Noemí Calderón murió en el penal de Barrientos el pasado sábado porque tuvo un problema de salud y el titular del penal no quiso trasladarla a un nosocomio para su atención médica.
El diputado Ariel Juárez, presidente de la Comisión Especial del Sistema Penitenciario, denunció negligencia de las autoridades carcelarias, quienes prácticamente “dejaron morir a una mujer”; anticipó que pedirá cuentas al director del centro penitenciario, al subsecretario de Control Penitenciario y al Secretario de Seguridad, e indicó que llevará el caso a la comisión legislativa de Derechos Humanos.
Los familiares de la interna Noemí, indicó, sólo pedían atención para su interna, enferma desde meses atrás y de gravedad desde hacía dos semanas, pero el director del centro penitenciario negó su traslado para una operación.
La muerte de la mujer ocurrió en el dormitorio 6 del penal, alrededor de las 17:30 horas del sábado, por un cuadro de colecistitis crónica, alitiásica, litiasis renal bilateral y enfermedad inflamatoria intestinal difusa. Pese a ello, la Subsecretaría de Control Penitenciario aseguró que el deceso fue resultado de un posible paro respiratorio.
Por su parte, la organización Presunción de Inocencia y Derechos Humanos (PIDH) A.C. responsabilizó del asesinato del interno Ricardo Zárate al subsecretario de Control Penitenciario, Manuel Palma Rangel; al director general de los Centros de Prevención y Reinserción Social del Estado de México, Jaime Echartea Mojica; al director del penal, Bertín Arellano Gómez; y al juez de ejecución penal responsable de la seguridad de esta persona privada de su libertad.
“Son responsables las autoridades penitenciarias antes señalas del asesinato y homicidio por omisión, toda vez que el interno Ricardo Zárate Rodríguez fue detenido el 13 de marzo de 2003 y sentenciado en primera instancia a 19 años y 5 meses; en el recurso de apelación obtuvo una reducción de la pena y la sentencia quedó en 17 años y un mes”; la sentencia se compurgó en su totalidad el 13 de abril de 2020.
La asociación civil refirió que Zárate Rodríguez ya alcanzaba, desde septiembre de 2014, la libertad anticipada, al cumplir 70% de la pena impuesta, pero ni este beneficio ni la libertad por la pena total se le otorgó porque “no se instaló la base de datos de personas privadas de la libertad en el sistema penitenciario del Estado de México, como lo mandató la reforma constitucional del 18 de junio de 2008 a las autoridades penitenciarias de las entidades y el país”.
Sin la base de datos, alertó, además se incumplió con el artículo primero transitorio de la Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) que dio como plazo límite para instalarla el 30 de noviembre de 2017; de contar con él.
“Pedimos a Ricardo Sodi, presidente del Poder Judicial, que se investigue por qué no se cumplió con los beneficios de la libertad personal como un derecho humano del interno Ricardo Zárate Rodríguez, pues PIDH A.C. acreditó que ya había cumplido con los requisitos para obtener su libertad”, planteó la asociación civil.
Tan sólo en el caso de Chiconautla, el organismo advierte que más de 45% de los internos ya alcanza la libertad condicional (porque compurgó 50% de su pena) y anticipada (ha cumplido su castigo al 70%), pero hay reticencia a proporcionar los beneficios.
Sobre el homicidio de Ricardo Zárate, la Secretaría de Seguridad Estatal afirmó que fue identificado el posible agresor, por lo que se efectuó la denuncia de hechos ante la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) como autoridad encargada de realizar las investigaciones pertinentes.
La dependencia atribuyó el crimen a una pelea entre el afectado y otro de los internos; afirmó que inmediatamente activó el Protocolo de Código Blanco, autorizó el traslado del lesionado por su gravedad y notificó a sus familiares, pero cuando arribó el personal médico al penal, el PPL ya no presentaba signos vitales.