Diputadas federales del Partido Revolucionario Institucional (PRI) con extracción mexiquense entablaron una queja ante la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) contra de la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, por presunta violencia política de género.
Respaldadas por su dirigente estatal, Eric Sevilla, las diputadas Melissa Vargas, Yazmín Jaimes y Cristina Ruíz entregaron, en la ventanilla del organismo, el documento por presuntas violaciones a los derechos humanos.
Previo a la presentación de la queja, las legisladoras ofrecieron conferencia de prensa, en que estuvieron presentes Sevilla Montes de Oca; la dirigente de la Organización Nacional de Mujeres (ONMPRI) a nivel estatal, Olga Pérez Sanabria; diputadas federales y locales, regidoras y síndicos de los cabildos de diversos municipios de la entidad.
Allí, Eric Sevilla consideró que las declaraciones machistas y misóginas de Sansores San Román descalifican a las legisladoras priistas por su condición de mujeres, e indicó que con ellas potenció la violencia digital en contra de las diputadas, las expuso a las calumnias y a la burla. Es inaceptable, dijo, que desde el Poder se ataque a las mujeres.
En Chihuahua, Estado de México, Guanajuato y Ciudad de México, hemos presentado quejas ante las Comisiones Estatales de Derechos Humanos en contra de la gobernadora de Campeche por ejercer violencia política en razón de género contra nuestras legisladoras. pic.twitter.com/MICvTwMzHx
— PRI (@PRI_Nacional) July 18, 2022
El pasado 5 de julio, durante el programa de comunicación gubernamental de Campeche “Martes del jaguar”, la gobernadora Layda Sansores aseguró que tiene en su poder supuestas fotografías íntimas que algunas legisladoras del tricolor habrían intercambiado con el dirigente nacional, Alejandro Moreno.
En respuesta, las diputadas han adelantado diversas acciones legales, al considerar que Sansores San Román podría incurrir en algunos delitos y en violencia política de género.
La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia determina que se configura ésta en su modalidad digital y mediática cuando existe una “acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización y que le cause daño psicológico, emocional, en cualquier ámbito de la vida privada o en su imagen propia”.
También son considerados violencia digital y mediática los actos dolosos que causen daño a la intimidad, privacidad y/o dignidad de las mujeres, que se cometan por medio de las tecnologías de la información y la comunicación.