Durante esta semana, el Pleno del Congreso Local aprobó una reforma a la Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato para que los animales domésticos sean considerados como seres sintientes y así, establecer las medidas que deben tener los lugares donde habitan en cautiverio. Y es que, a partir de ahora, sólo se permitirá la crianza, comercialización o reproducción de perros y gatos en lugares autorizados.
Aunado a esto, la persona que intencionalmente realice actos de crueldad o maltrato animal doméstico podrá ser acreedor a una multa que va desde 50 hasta 200 unidades de Medida y Actualización (UMA); es decir, desde 4 mil 381 pesos hasta 17 mil 924 pesos respectivamente.
La ley define a los seres sintientes como: “Aquellos que son criados bajo el control del ser humano, que viven con él y requieren de éste para su subsistencia, con excepción de los animales en vida silvestre o que se encuentren sujetos a actividades pecuarias”.
A partir de este momento, los ayuntamientos del estado tendrán la obligación de vigilar que la crianza, comercialización y reproducción de los animales domésticos se realice en lugares previamente autorizados, así como establecer las medidas para garantizar su protección y bienestar.
En cuanto a los dueños de mascotas o animales de compañía, ahora estarán obligados a: reconocer a sus mascotas como seres sintientes y respetar su vida e integridad física, proteger a los animales brindándoles asistencia, auxilio y trato adecuado; evitar el maltrato y tortura animal sea cual sea la circunstancia.