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Redacción

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Fue el jueves 23 de noviembre que la jueza Ana Lilia Osorno Arroyo declaró improcedente el recurso de la Fiscalía para hacer el embargo, asegurando que en 2012, año en el que el inmueble fue comprado, la Constitución “aún no contemplaba el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita “para que fuera procedente la acción de extinción de dominio”.

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