Los integrantes de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) determinaron, en una nueva resolución pero similar a la del 5 de julio pasado, que el partido Morena y sus dirigentes y militantes deben cesar los eventos propagandísticos y proselitistas con miras a la sucesión presidencial del 2024, hasta que ese proceso se lleve a cabo.
En sesión privada, los consejeros Claudia Zavala, Ciro Murayama y Adriana Favela, presidenta de la Comisión de Quejas y Denuncias, determinaron por unanimidad dos medidas cautelares por el presunto uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuibles al partido Morena y a diversos servidores públicos federales y locales con miras a los procesos electorales en Coahuila y Estado de México en 2023 y a la Presidencia de la República en 2024.
La Comisión declaró procedente la tutela preventiva y medidas cautelares solicitadas por el PRD y el militante de MC, Jorge Álvarez Máynez, en contra de diversos servidores públicos y miembros de Morena, al considerar que se actualizaban actos anticipados de campaña en favor de Claudia Sheinbaum Pardo, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, de Adán Augusto López Hernández, Secretario de Gobernación, de Moisés Ignacio Mier Velazco, Diputado Federal, así como de Ricardo Monreal Ávila, Senador de la República, ambos en la LXV Legislatura del Congreso de la Unión, y en contra de quien o quienes resulten responsables.
Los consejeros consideraron que en el evento del 26 de junio de este año denominado “Unidad y Movilización para que siga la transformación-Asamblea informativa”, que tuvo lugar en la explanada el Centro Cultural “Benito Macías” de la ciudad Madero, Coahuila, dichos funcionarios participaron de forma activa, además de que en sus redes sociales postearon el acto referido.
Los consejeros del INE resolvieron que el evento no se trató de un evento partidista a puerta cerrada, limitado a su militancia ni acotado a temas internos o exclusivos de la vida interna u organizativa de Morena, sino que posiblemente tuvo una naturaleza proselitista con la finalidad de posicionarse anticipadamente ante la ciudadanía de cara a los próximos procesos electorales locales y federales.
En consecuencia, la Comisión ordenó a las y los dirigentes de Morena que se abstengan de organizar, convocar y realizar, en cualquier lugar del territorio nacional, eventos proselitistas iguales o similares a los que se llevaron a cabo el 12 y 26 de junio del año en curso en el Estado de México y Coahuila, respectivamente, hasta que den inicio formal los procesos electorales locales 2022-2023 y federal 2023-2024, en términos de lo previsto en la normativa electoral.
También declaró procedente ordenar el retiro de las publicaciones en redes sociales de personas servidores públicas y miembros partidistas de Morena, al considerar que podría extenderse, difundirse e incrustarse entre la ciudadanía, una posible estrategia partidista, aparentemente ilegal, en menoscabo de derechos fundamentales y de los principios democráticos a los que deben sujetarse los partidos políticos y sus dirigentes.
Se ordenó a Morena y las personas mencionadas que en un plazo que no podrá exceder de 6 horas, realicen las acciones necesarias y eliminen las publicaciones que se encuentran alojadas en sus vínculos de internet y de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su administración.
Finalmente, la Comisión determinó negar las medidas cautelares y tutela preventiva respecto de un evento en Querétaro, así como su posterior difusión en redes sociales de la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum Pardo, al considerar que dicho evento, aparentemente no es de naturaleza proselitista, sino que consistió en un ciclo de conferencias relacionadas con la reforma electoral.
En el segundo proyecto, la Comisión determinó improcedente adoptar medidas cautelares presentadas por el PRD, derivada de la probable realización de actos anticipados de precampaña o campaña, uso indebido de recursos públicos y promoción personalizada, atribuible a Delfina Gómez Álvarez, Secretaria de Educación Pública; Horacio Duarte Olivares, Titular de la Agencia Nacional de Aduanas de México e Higinio Martínez Miranda, Senador de la República.
Se consideró que no se está en presencia de hechos futuros de realización incierta, además, no se tienen constancias de que los actos puedan repetirse, por lo que no se justifica el dictado de una medida cautelar desde el enfoque de la tutela preventiva.