Un tribunal federal confirmó una suspensión provisional que impide ejecutar obras nuevas para el Tren Maya en los municipios de Mérida, Izamal y Chocholá, todos en Yucatán, al menos hasta el próximo 19 de febrero.
El Tribunal Colegiado en Materias del Trabajo y Administrativa, con sede en Mérida, confirmó la suspensión otorgada el 20 de enero por la jueza federal Karla Domínguez Aguilar, como parte de un amparo promovido por residentes de Yucatán que alegan que el tren provocará daños ambientales y no fue suficientemente consultado con las comunidades.
Por unanimidad, las tres magistradas del tribunal rechazaron los argumentos de Fonatur Tren Maya en el recurso de queja 21/2021, votado el jueves pasado, y cuya sentencia, que es inapelable, fue notificada hoy.
La jueza resolverá el 19 de febrero si la suspensión provisional se convierte en definitiva, lo que impediría obras nuevas para el Tren Maya en los municipios mencionados por tiempo indefinido.
La suspensión afecta sobre todo al tramo 3, y parcialmente al tramo 4 del Tren Maya, cuyas obras para plataformas y vías férreas fueron adjudicados al consorcio GAMI Ingeniería y Construcciones Urales, y a ICA Constructora, respectivamente, por un total de casi 40 mil millones de pesos, IVA incluido.
El tramo 3 va de Calkiní, Campeche, a Izamal, Yucatán, pasando por Chocholá y Mérida, mientras que el 4 va de Izamal a Cancún.
La suspensión es para los siguientes efectos:
"Que las autoridades responsables se abstengan de realizar actos tendientes a la ejecución del proyecto Tren Maya Fase 1 derivado de la aprobación de la Manifestación del Impacto Ambiental (MIA) el pasado 30 de noviembre de 2020, únicamente en lo que atañe a los municipios de Mérida, Izamal y Chocholá, pues los quejosos son habitantes de dichos municipios, es decir, para que no se ejecute ese proyecto de obra dentro de la zona geográfica de la referida comunidad".
"En el entendido que dicha limitante únicamente es respecto de obras y/o construcciones nuevas; es decir, que si el proyecto denominado Tren Maya Fase 1 requiere rehabilitar y/o dar mantenimiento a vías férreas preexistentes, las autoridades responsables sí podrán ejecutar dicho proyecto".
La jueza consideró que el tren puede alterar la tierra, bosques, flora, fauna, recursos naturales, medio ambiente, biodiversidad, agua y salud, entre otros, y que dichas alteraciones pueden causar daño irreparable a los promoventes del amparo.
Agregó que algunos documentos faltantes de la MIA del proyecto, fueron publicados hasta el 30 de julio de 2020, misma fecha en que concluyó la consulta pública sobre dicha manifestación.
"Lo que indiciariamente y en, apariencia del buen derecho, podría transgredir el derecho a la participación pública democrática y deliberativa en relación con el derecho a un medio ambiente sano", afirmó.
Fonatur sostuvo que el tren ya cuenta con Autorización de Impacto Ambienta y rechazó daños ecológicos irreversibles, pero el tribunal resolvió que precisamente ese es el tema que tendrá que ser aclarado al dictar sentencia de fondo en el juicio de amparo, no en la suspensión. El tribunal también rechazó la petición de Fonatur de fijar a los quejosos el pago de una garantía monetaria para que siga surtiendo efectos la suspensión.