Los diputados aprobaron en sesión extraordinaria virtual una reforma a la Ley Orgánica de la Fiscalía para definir cómo será la designación de los fiscales anticorrupción, electoral y de delitos de alto impacto.
El dictamen que presentaron las comisiones de Normatividad y Justicia fue aprobado por unanimidad con 61 votos; establece que los titulares de las fiscalías especializadas serán designados por un periodo de cuatro años y podrán ser ratificados para un periodo más.
"Estaremos abocados a garantizar la elección de los mejores perfiles de mujeres y hombres comprometidos con la sociedad, con los habitantes de la Ciudad de México", explicó el diputado presidente de la Comisión de Normatividad del Congreso, Alberto Martínez Urincho, durante la sesión.
Los requisitos para ser titular de la Fiscalía Especializada de Delitos Electorales serán los mismos que para ser Fiscal General.
Para ser Fiscal en Combate a la Corrupción, se establecerán requisitos en la Ley Orgánica del Congreso y, además, se definieron otros en la reforma, como tener reputación honorable, conocimientos en administración pública, fiscalización, auditorías, entre otros.
También se pusieron atribuciones para la Coordinación General de Investigación de Delitos de Género y para la Coordinación General de Investigación Estratégica. Esta última abordará las indagatorias por homicidios, robo de vehículos, fraude, abuso de confianza, fraude procesal, así como encubrimientos por receptación y financieros.
El dictamen también contempla las atribuciones de una Coordinación General de Delitos de Alto Impacto, además de que la titular de la Fiscalía General asigne y autorice a las áreas los casos.
"Permitirá la creación de órganos para luchar contra la corrupción, contra delitos de alto impacto y más herramientas para acabar con la impunidad de delitos de género. Mi reconocimiento a las y los diputados", opinó la Fiscal Ernestina Godoy sobre la reforma en un mensaje publicado en Twitter. La reforma tendrá efecto una vez que sea publicada en la Gaceta Oficial.