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Publicado en EDOMÉX

UAEMéx destaca el acceso a la información como arma anticorrupción

Jueves, 11 Diciembre 2025 16:19 Escrito por 
La Consejera Jurídica Universitaria resaltó que la transparencia es un principio de interpretación La Consejera Jurídica Universitaria resaltó que la transparencia es un principio de interpretación

 Como parte de las actividades organizadas por la Secretaría de la Contraloría de la entidad en el marco de la Semana Anticorrupción 2025, la Consejera Jurídica de la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMéx), Evangelina Sales Sánchez, impartió la conferencia “El acceso a la información como medio de lucha contra la corrupción”.

En el Auditorio “Abel Villicaña Estrada” de la Escuela Judicial del Estado de México, Sales Sánchez detalló que el Derecho de Acceso a la Información (DAI) es un derecho humano reconocido en diversos instrumentos internacionales y nacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos y el artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que lo establece como garantía fundamental para todas las personas.

Aseveró que el Derecho de Acceso a la Información Pública es fundamental, pues protege el acceso de las personas a datos relevantes como un bien básico que garantiza su autonomía individual, mientras que, en posesión de los órganos del Estado, constituye una condición para el ejercicio de los derechos políticos y libertades de expresión, asociación, reunión y opinión, a efecto de participar en la creación de una voluntad colectiva. Esta doble dimensión del DAI permite comprender su papel como herramienta para la toma de decisiones personales y como mecanismo para la supervisión social del desempeño gubernamental.

Durante su intervención, la Consejera Jurídica Universitaria resaltó que la transparencia es un principio de interpretación y aplicación de la ley, y del desempeño de la función pública y el gobierno abierto, consistente en el deber de todo servidor público de hacer del conocimiento general la información que genere, posea o administre en ejercicio de sus atribuciones. En este sentido, subrayó que la utilidad del DAI se refleja en diversos casos emblemáticos como San Fernando, Tamaulipas; Tlatelolco; Ayotzinapa, entre otros, en los que el acceso a la información permitió reconstruir hechos, identificar responsabilidades institucionales y fortalecer el escrutinio público frente a situaciones de alto impacto social.

Asimismo, explicó que el régimen de transparencia en México experimentó cambios sustantivos con la reforma constitucional y la publicación de la nueva Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en marzo de 2025.

Entre los cambios más relevantes destacó:

•⁠ ⁠La ampliación del catálogo de sujetos obligados, incorporando nuevas entidades gubernamentales como la Agencia de Transformación Digital, los Comités de Evaluación de los Poderes de la Unión y otros entes creados recientemente.
•⁠ ⁠La modificación del régimen de clasificación, mediante el cual se amplían las causales de reserva y se incorpora el concepto de “paz social”, sin exigir el nivel de exhaustividad previo para justificar la reserva, lo que constituye un cambio sustancial respecto del marco anterior.
•⁠ ⁠La reconfiguración de las autoridades garantes, que sustituyó al Sistema Nacional de Transparencia por el nuevo Sistema Nacional de Acceso a la Información Pública, encabezado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, e integrado por instancias federales y los comités estatales de transparencia.
•⁠ ⁠La transformación del sistema de medios de impugnación, en el que subsiste el recurso de revisión, mientras que el recurso de inconformidad se limita exclusivamente a asuntos relacionados con recursos públicos federales.

En el contexto estatal, Evangelina Sales Sánchez destacó que la declaratoria de la reforma en materia de transparencia por parte del Congreso del Estado de México fue publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el martes 4 de noviembre de 2025, iniciando el proceso para la armonización legislativa local.

 

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