Tres Pm

SÍGUENOS EN REDES SOCIALES

Publicado en EDOMÉX

Propone Legismex erradicar sueldos de titulares de sistemas municipales DIF

Sábado, 25 Julio 2020 23:07 Escrito por  Veneranda Mendoza

Debido a que históricamente las presidentas de los Sistemas DIF municipales, que suelen ser familiares de los acaldes, han percibido, de forma indebida, remuneraciones por esta encomienda, el grupo parlamentario de Morena propuso reformar la ley para establecer que esos cargos son honoríficos.

La iniciativa del diputado Jorge García Sánchez especifica, en la exposición de motivos, que en muchos ayuntamientos se nombra al frente del DIF a familiares y muchos de ellos reciben salarios, pese a ser cargos honoríficos; incluso, en algunos casos, las o los titulares del Sistema Municipal DIF, perciben o percibieron un sueldo mayor y diversas prestaciones en comparación con los titulares de otras áreas que requieren de una profesión en específico para ocupar el cargo.

Te puede interesar: Plantean representatividad genérica equitativa para ocupar cargos en los tres Poderes del Edoméx

García Sánchez recordó que en mayo de 2019 la Contraloría del Poder Legislativo del Estado de México recomendó a los alcaldes que no se entregue remuneración a quien presida el Sistema Municipal del DIF, ya que se trata de un cargo honorífico.

Sin embargo, a la fecha esta recomendación ha sido ignorada, por lo que se ha sancionado a algunos ex titulares de los sistemas municipales y a los ayuntamientos por autorizar salario a un cargo honorífico.

Te puede interesar: Legislatura mexiquense pide a FGR investigar a Murillo Karam por “verdad histórica”

Para evitar que esto se repita, el proyecto turnado a las comisiones para su análisis y posterior dictamen, establece que la o el titular de la presidencia honorífica del organismo será nombrado por la presidenta o presidente municipal, su cargo no generará derecho a remuneración, retribución, emolumento o compensación alguna, y apoyará solo en actividades del DIF.

La armonización de la Ley que crea los Organismos Públicos Descentralizados de Asistencia Social, de Carácter Municipal, Denominados “Sistemas Municipales para el Desarrollo Integral de la Familia” con la Ley de Asistencia Social y la Ley de Asistencia Social del Estado de México y Municipios además busca que éstos órganos se equiparen en todos los niveles de gobierno y, por consiguiente, su organización, funciones, atribuciones y actividades sean semejantes, de acuerdo a su ámbito de competencia.

Te puede interesar: Propone Morena crear fondo para futuras emergencias sanitarias en Edomex

A partir de la reforma, los Órganos de Gobierno de los Organismos serán la Junta de Gobierno y Dirección General. La máxima autoridad será la Junta y estará integrada por un presidente o presidenta, secretaria o secretario que será el titular de la Dirección General, la Comisaria o Comisario, que será designado por la o el titular de la Contraloría Municipal, y cinco vocales, que serán funcionarios municipales.

El Comisario de la Junta de Gobierno (quien se encargará de vigilar la operación del organismo) deberá contar con los conocimientos suficientes para poder desempeñar el cargo, tener título profesional en las áreas de derecho o contable administrativas con experiencia mínima de un año en la materia y con la certificación de competencia laboral en funciones, expedida por el Instituto Hacendario del Estado de México o Institución reconocida en el Sistema Nacional de Competencias.

Etiquetado como