La Legislatura mexiquense aprobó la disminución a 25 años de la edad mínima para laborar en las áreas de mediación y conciliación del Poder Judicial Estatal, esto al considerar que, de esta manera, se favorecerá el servicio de carrera y la incorporación de la juventud al servicio público.
Cabe recordar que, esta decisión se desprende de un paquete de iniciativas promovidas por el titular del Poder Judicial Estatal, Ricardo Sodi, dos de las cuales fueron avaladas por unanimidad este martes. Así pues, las modificaciones, además de la reducción referida, establecen que la mediación, conciliación y la justicia restaurativa son obligatorias en la etapa intraprocesal.
Los diputados reconocieron que reducir, mediante la adecuación de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la edad mínima para participar en la mediación y conciliación es una medida que apoya a la juventud mexiquense y favorece el servicio de carrera dentro del Centro de Mediación, Conciliación y de Justicia Restaurativa del Poder Judicial del Estado de México, además de fortalecer la justicia restaurativa y la resolución de conflictos en la entidad.
En cuanto a la reforma al Código de Procedimientos Civiles, se establece que el apercibimiento en el caso de que una parte sea requerida para la exhibición física de un documento relacionado con el trámite de un juicio en modo electrónico sea omisa, consista en dar por ciertos los hechos que se pretendan demostrar con la prueba que, en su caso, haya motivado el requerimiento.
Sobre este tema, el diputado Gerardo Ulloa explicó que la legislación procesal civil del Estado de México dispone de la tramitación electrónica de los juicios, y que el Tribunal está facultado para requerir a las partes la exhibición física de los documentos, sin que hasta el momento se hiciera alusión a alguna clase de apercibimiento para el caso de que no se exhibieran tras haberse requerido.
El legislador advirtió que "es una práctica común que, en muchos casos, aún agotados estos, no se logre la presentación física del documento, lo que hace necesario establecer un apercibimiento efectivo que apoye y complemente la resolución".