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Publicado en EDOMÉX

Legismex analiza ley contra terapias de reconversión sexual

Martes, 18 Agosto 2020 15:07 Escrito por  Veneranda Mendoza

La Legislatura local analiza en comisiones que las terapias de reconversión sexual se castiguen con entre tres y seis años de cárcel, aunque la propuesta original contemplaba sanciones de uno a tres años de prisión.

Tras iniciar el análisis de la iniciativa promovida por la morenista Beatriz García, legisladores de todas las fuerzas políticas coincidieron en la necesidad de no atentar con su decisión en contra de los derechos humanos ni penalizar a quienes tomen terapias por voluntad propia. García Villegas plantea adicionar al código penal estatal un apartado sobre terapias de conversión, pues considera que son prácticas discriminatorias y generalmente clandestinas, donde se vende y cobra la idea de que una persona perteneciente a la comunidad lésbico-gay (LGBTTTI) está enferma por tener una orientación sexual, identidad y expresión de género “distintas a las de la mayoría”.

Las terapias de conversión, conocidas también como Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual e Identidad de Género (ECOSIG), expuso la legisladora, se ejecutan, la mayoría de las veces, “a través de tratamientos hormonales, esterilizaciones, cirugías y evaluaciones psiquiátricas de manera forzada o coercitiva, violencia y acoso con base en su identidad de género y orientación sexual”.

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La propuesta presentada al pleno el 23 de junio, indicó García Villegas, responde a la exigencia de este sector, pues todas las personas, sin importar su condición, merecen ser respetadas y se les debe reconocer el derecho a la autodeterminación personal y al libre desarrollo de la personalidad.

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La reforma establece sanciones de uno a tres años de prisión ó de 25 a 100 días de trabajo comunitario, y de 50 a 200 días de multa a quienes impartan, sometan u obliguen a otro a recibir terapias de conversión o métodos tendientes a impedir, menoscabar o anular el libre desarrollo de la personalidad, orientación sexual, identidad y/o expresión de género. Si esta conducta es llevada a cabo en contra de menores de edad, personas con discapacidad, adultas o adultos mayores, privadas de libertad o personas que no tienen la capacidad para comprender el significado del hecho, la pena se aumentará en una mitad y se perseguirá por oficio.

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No obstante, el también morenista Gerardo Ulloa consideró necesario analizar la propuesta que ya se discute en el Senado, donde la pena va de dos a seis años de prisión.

La promovente aseguró que serán incluidas las observaciones, pero pidió dictaminar a la brevedad, pues son momentos de inclusión y de considerar las demandas de este sector.

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