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Publicado en EDOMÉX

Legisladores de Morena proponen que menores trans puedan rectificar sus actas de nacimiento

Viernes, 30 Septiembre 2022 13:26 Escrito por  Veneranda Mendoza.

Tras la aprobación de los matrimonios igualitarios, ahora Morena propuso que las infancias y adolescencias trans en el Estado de México tengan la posibilidad de rectificar sus actas de nacimiento conforme a su identidad de género autopercibida.

La diputada Azucena Cisneros, una de las promotoras de la reforma al Código Civil estatal, advirtió que negar el derecho a las niñas, niños y adolescentes a la rectificación de su acta de nacimiento con motivo de su identidad de género auto-percibida, resulta discriminatorio e implica ignorar la realidad que vive la niñez transexual.

La iniciativa turnada a comisiones también fue promovida por sus compañeros Max Correa, Marco Antonio Cruz, Gerardo Ulloa, Nazario Gutiérrez, Adrián Galicia, Beatriz García, Anaís Burgos, Faustino de la Cruz, Daniel Sibaja, Camilo Murillo, Emiliano Aguirre, Luz María Hernández e Isaac Montoya.

La intención, indicó, es garantizar el derecho a la identidad de género de las niñas, niños y adolescentes, a partir de la rectificación de su nombre y sexo, para lo que ya existe jurisprudencia y diversas recomendaciones.

La niñez trans, dijo, tiene derecho a una identidad y los diputados la obligación de aprobar los marcos legales que den certeza a todos los sectores. A las infancias, expuso, se les debe ayudar a sentirse plenas.

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La legisladora consideró fundamental hacer a un lado los prejuicios y consideraciones superficiales, ir a profundidad y no tener doble moral.

Recordó que el 20 de julio de 2021, la Legislatura aprobó diversas reformas al Código Civil del Estado de México para garantizar el reconocimiento de la personalidad jurídica de las personas trans, mediante la expedición de acta por rectificación para el reconocimiento de identidad de género.

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No obstante, enfatizó, en este avance se olvidó que niñas, niños y adolescentes también sufren rechazo y discriminación por su orientación sexual.

Precisó que el alcance de la discriminación y violencia a la niñez trans incluye aislamiento por parte de compañeros de escuela, en casa o en la comunidad; marginación y exclusión de servicios esenciales como educación y asistencia médica.

Planteó que la Opinión Consultiva OC-24/2017 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos determina que los estados están obligados a reconocer, regular y establecer procedimientos de rectificación de registros públicos para garantizar el derecho a la identidad de género sin discriminación alguna, mediante procedimientos administrativos simples y gratuitos disponibles para mayores y menores de edad.

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Además, la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha señalado que no es constitucionalmente aceptable que la norma establezca una restricción de edad, pues dicha limitante vulnera el principio de igualdad y al libre desarrollo de la personalidad.

Expuso que diversos juicios de amparo han generado antecedentes en favor del reconocimiento a la identidad de género de las niñas, niños y adolescentes, como el 1317/2017 en el que se determinó que la adecuación de la identidad de género auto-percibida debe ser integral en los datos y documentos en que se hace constar la identidad de la persona, lo que implica la expedición de nuevos documentos.

De igual manera, recordó que el 7 de marzo de 2022, la Corte (SCJN) invalidó el artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla por exigir tener 18 años cumplidos para solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento y, con ello, violar el derecho a la identidad de género de las infancias y adolescencias trans.

La resolución precisa que el procedimiento debe ser ágil, expedito, gratuito, sencillo y eficaz, basado en el consentimiento libre e informado de la niña, niño o adolescente. Y refirió que las legislaciones de Jalisco, Oaxaca y Ciudad de México ya establecen que los menores pueden acceder al cambio de género.