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Publicado en EDOMÉX

Hasta 19 años de cárcel por agresión contra adultos mayores

Jueves, 24 Septiembre 2020 14:09 Escrito por  Veneranda Mendoza

La Legislatura mexiquense aprobó en comisiones agravantes de hasta 15 años de prisión por el delito de lesiones en contra de adultos mayores.

Por unanimidad, los diputados respaldaron la iniciativa de la morenista Violeta Nova, que modifica la fracción 11 del artículo 238 del Código Penal del Estado de México, relacionado con las agravantes para el delito de lesiones.

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La intención de la reforma –que aún debe ser sometida a consideración del pleno-, según expuso la diputada, es disminuir las agresiones en contra de este sector de la población y promover el deber de atenderlos y cuidarlos: “La intención es que se castiguen severamente este tipo de delitos. Con estas modificaciones cumplimos el objetivo de incrementar las penas cuando se cometan las lesiones en contra de los adultos mayores; evitamos la confusión con el tipo penal de violencia familiar”, apuntó.

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La legisladora precisó que en el dictamen final se incluyeron las observaciones de todos los grupos parlamentarios y de la Fiscalía General de Justicia para castigar con penas más altas el maltrato hacia este grupo vulnerable: “En esta situación de cuarentena, nos hemos enfocado en el maltrato a las mujeres, pero también muchos adultos mayores sufren maltrato por parte de las personas que tienen la obligación de cuidarlos”, denunció la morenista.

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El dictamen aprobado en comisiones establece que cuando las lesiones se infieran a menores de edad o adultos mayores por parte de quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia o un integrante de su núcleo familiar, se aplicarán de diez a quince años de prisión y de 200 a 400 días multas, además de la suspensión o privación de esos derechos. El artículo 237 ya establece sanciones de tres a seis meses de prisión y de 30 a 60 días multa cuando el ofendido tarde en sanar hasta 15 días y no amerite hospitalización, por lo que al configurarse la agravante anterior, la pena corporal podría alcanzar quince años y medio de prisión y 460 días multa.

La ley vigente también establece entre cuatro meses a dos años de prisión y de 40 a 100 días multa cuando las lesiones tarden en sanar más de quince días o ameriten hospitalización; con la agravante, podrían llegar a diecisiete años de prisión y 500 días multa; y en el caso de las lesiones que pongan en peligro la vida, la ley ya contempla de dos a seis años de prisión y de 60 a 150 días multa, de tal manera que la agravante las incrementa hasta a diecinueve años de prisión y 550 días multa.

La reforma aún debe ser sometida a consideración del Pleno.