La Legislatura mexiquense aprobó agravantes de hasta 15 años de prisión por el delito de lesiones cometidas en contra de algún adulto mayor, menores de edad, incapaces o pupilos, como una medida que busca disminuir las crecientes agresiones en contra de las personas de la tercera edad.
La reforma al artículo 238 del Código Penal del Estado de México establece que cuando las lesiones inferidas a menores incapaces o personas adultas mayores por quien ejerza la patria potestad, tutela o custodia, o por un integrante de su núcleo familiar, se aplicarán de 10 a 15 años de prisión y de 200 a 400 días multa, además de la suspensión o privación de esos derechos.
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El artículo 237 ya establece sanciones de tres a seis meses de prisión y de 30 a 60 días multa cuando el ofendido tarde en sanar hasta 15 días y no amerite hospitalización, por lo que al configurarse la agravante anterior, la pena corporal podría llegar a 15 años y medio de prisión y 460 días multa. La ley vigente también establece de cuatro meses a dos años de prisión y de 40 a 100 días multa cuando las lesiones tarden en sanar más de 15 días o ameriten hospitalización, y con la agravante podrían llegar a 17 años de prisión y 500 días multa; y en el caso de las lesiones que pongan en peligro la vida, el código ya contempla de dos a seis años de prisión y de 60 a 150 días multa, de tal manera que la agravante las incrementa hasta 21 años de prisión y 550 días multa.
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Además de castigar de forma más severa estas conductas, la promovente de esta reforma, la morenista Violeta Nova, indicó que se evita la confusión de este ilícito con el tipo penal de violencia familiar. La legisladora recordó que el Informe Especial sobre los Derechos de las Personas Mayores de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos revela que entre el 1 de enero de 2014 y el 29 de febrero de 2016 se presentaron 34 200 denuncias por delitos contra personas mayores, la cifra más elevada en la última década. De esa cantidad, 57% se iniciaron por delitos patrimoniales (despojo, robo a casa habitación, fraude y daños en propiedad privada, entre otros), 16% por violencia familiar, 8% por lesiones, 5% por menazas, 4% por homicidio y, en menor porcentaje, ilícitos como violación y abuso sexual, privación ilegal de la libertad, abandono de persona, omisión de cuidados o responsabilidad médica, trata, explotación y discriminación.
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En tanto, la discapacidad de la persona adulta mayor, su dependencia de otras personas, la psicopatología de sus cuidadores, el abuso de substancias por parte del cuidador, los antecedentes de violencia familiar, enfermedades como el Alzheimer u otros tipos de demencia, son factores que pueden detonar alguna forma de maltrato, pues en muchos casos las personas de la tercera edad son consideradas una carga y tratados con negligencia, abuso o falta de atención y cuidado. A su vez, el maltrato de las personas adultas mayores agrava su salud emocional, psicológica o física.
Violeta Nova destacó que en las próximas décadas, el Estado de México será una entidad de personas adultas mayores, ya que la esperanza de vida entre su población pasó de 61 a 76 años.