El grupo parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) en el Congreso mexiquense propuso crear un Registro de Personas Sancionadas por Violencia contra las Mujeres del Estado de México, así como facultar a ministerios públicos y órganos jurisdiccionales para ordenar la interrupción, bloqueo o eliminación de cuentas, imágenes, audios o videos relacionados con hechos de violencia digital o mediática.
La iniciativa —presentada por la diputada Alejandra Figueroa Adame y enviada a comisiones para su análisis— plantea que este registro sea un sistema público donde se inscriban personas con sentencia penal firme por delitos que impliquen cualquier forma de violencia contra mujeres: desde agresiones que vulneren la integridad corporal, sexual o reproductiva, hasta violencia familiar, política, digital o mediática.
La Secretaría de Seguridad sería la responsable de publicar y administrar el registro, establecer lineamientos para su operatividad, y definir mecanismos para inscribir, acceder, rectificar o cancelar información, siempre sin incluir datos personales de las víctimas.
El registro solo se activará por orden judicial y una vez que la sentencia esté ejecutoriada; se cancelará al cumplirse el plazo correspondiente o por instrucción de la autoridad.
Reacción inmediata contra la violencia digital
En casos de violencia digital o mediática, la o el ministerio público, así como juezas y jueces, deberán ordenar de inmediato a plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o administradores de sitios web la interrupción, bloqueo o eliminación del contenido agresor, con el fin de proteger la integridad de la víctima.
Para ello se deberá identificar plenamente al proveedor del servicio, su sistema informático y la ubicación del contenido.
“Esta amenaza —que incluye acoso cibernético, difusión no consentida de imágenes íntimas, reales o modificadas— no es un inconveniente virtual, sino una forma de control y terror que silencia voces y perpetúa desigualdades. Hoy es evidente que ninguna estamos a salvo en los espacios digitales”, advirtió la legisladora.
Violencia política y digital: definiciones clave
El documento también precisa que la violencia política contra las mujeres en razón de género se configura al difamar, calumniar, injuriar o emitir expresiones que denigren a mujeres en funciones públicas, así como al crear campañas de difamación o perfiles falsos en redes sociales para atacarlas.
Sobre la violencia digital, establece que abarca cualquier acto cometido a través de tecnologías de información, redes sociales, plataformas digitales o correo electrónico que afecte la integridad, dignidad, privacidad o vida de las mujeres, generando daños psicológicos, físicos, económicos, sexuales o morales.
Se manifiesta mediante acoso, hostigamiento, amenazas, robo o filtración de datos privados, mensajes de odio, así como la difusión —con o sin alteración— de contenido íntimo o información personal sin consentimiento.



