Al considerar que viola la Constitución y la equidad de la contienda, el Partido Acción Nacional (PAN) denunció a la ex panista Ruth Olvera, alcaldesa de Atizapán de Zaragoza, por actos anticipados de campaña y uso indebido de los recursos públicos en busca de la reelección. De confirmarse la anomalía, la sanción podría implicar impedimento para participar en la siguiente contienda electoral.
El procedimiento sancionador se entabló ante el Instituto Electoral del Estado de México (IEEM), en virtud de que el albiceleste considera que quien llegó a la administración municipal, ahora bajo las siglas de MORENA, se promociona con recursos públicos.
Alfonso Bravo, representante del PAN ante el IEEM, precisó que Olvera Nieto puso en marcha un programa de apoyo económico emergente para personas en situación de vulnerabilidad por disminución o pérdida de ingresos como efecto de la contingencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.
No obstante, presume que este programa se encuentra dirigido a las estructuras de MORENA, por su opacidad en las reglas de operación y la asignación de beneficiarios, además de que se coloca la fotografía de la alcaldesa en el acceso al patio donde se entregan los apoyos, promocionando así su imagen en pleno proceso electoral.
Para Bravo Álvarez Malo, la alcaldesa hace uso indebido de los recursos públicos al obtener ventaja de los otros partidos políticos; además, se considera que violenta la equidad electoral al tratar de buscar la reelección con actos anticipados de campaña.
Asimismo, indicó que la participación de funcionarios públicos en el despliegue de recursos humanos, técnicos y materiales de origen público en contra de actores políticos, partidos, así como a favor de un actor político determinado, partido, plataforma electoral y proyecto, implica no solo promoción personalizada, sino que también un supuesto uso indebido e injustificado de recursos públicos. Violando así el artículo 134 de la Constitución Federal.
Finalmente, como medida cautelar, el PAN pide al IEEM suspender de manera inmediata la promoción personalizada de la alcaldesa y que se transparenten las reglas de operación del referido programa. Cabe precisar que, la legislación local vigente establece como sanción para los actos anticipados de campaña el impedimento para participar en la contienda electoral correspondiente.