A partir del pasado 28 de mayo se establecieron las normas y medidas aplicables para las contingencias ambientales en la zona del Valle de Toluca y Santiago Tianguistenco, que incluyen los municipios de Almoloya de Juárez, Calimaya, Chapultepec, Lerma, Metepec, Mexicaltzingo, Ocoyoacac, Otzolotepec, Rayón, San Antonio la Isla, San Mateo Atenco, Temoaya, Tenango del Valle, Toluca, Xonacatlán , Zinacantepec, Almoloya del Río, Atizapán, Capulhuac, Texcalyacac, Tianguistenco y Xalatlaco.
Las medidas establecidas en la gaceta de gobierno del Estado de México incluyen restricciones para automovilistas, así como para comercios e industrias, con lo que se buscará restringir las emisiones contaminantes
A pesar de que hasta el momento no se aplica el programa “Hoy No Circula” para el Valle de Toluca, se estableció, nuevamente, la obligatoriedad de la “Verificación Vehicular”, por lo que se impedirá por cualquier medio la circulación de los automóviles que no cuenten con hologramas de verificación vigentes.
Las fases de contingencia ambiental se detonarán a partir de los 135 puntos para partículas PM 2.5 y PM 10, mientras que en el caso del ozono se dispararán a partir de los 150 puntos IMECA.
Las medidas de la Fase 1 se activarán a partir de los 150 puntos IMECA y tendrá las siguientes restricciones:
- Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P., gasolina y diésel.
- Restricción a la circulación de todos los vehículos destinados al servicio de transporte de carga con placa local y federal entre las 06:00 y las 10:00 horas.
- Restricción a la circulación de las 5:00 a las 22:00 horas del 50% de las motocicletas, considerando la terminación de matrícula par o non de manera alternada.
- Restricción total para todos los vehículos con holograma 2.
- Los vehículos con holograma de verificación "1" de acuerdo con su terminación de placa, par o non de manera alternada.
- Los vehículos con holograma de verificación "0" y "00", considerando la terminación de matrícula a la que le aplica la restricción.
- Los taxis con verificación vehicular podrán circular de 5:00 a las 10:00 horas, los días que tengan restricción con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
Las restricciones para el comercio y la industria incluyen todas las actividades que emiten contaminantes al ambiente, como quema de productos, mantenimiento que impliquen el uso de solventes y combustión.
Los detalles de estas medidas puedes verificarlas de forma directa en la página oficial de la Gaceta del Gobierno del Estado de México http://legislacion.edomex.gob.mx/sites/legislacion.edomex.gob.mx/files/files/pdf/gct/2019/may282.pdf