Por unanimidad, el Congreso del Estado de México aprobó sancionar con hasta 20 años de cárcel, un tercio más de la pena actual, a quien cometa abuso sexual infantil, cuando la víctima esté bajo su custodia, guarda, educación o se aproveche de la confianza depositada.
La propuesta de la panista Ingrid Schemelensky establece, de igual manera, que quienes incurran en esta conducta además perderán la patria potestad o tutela del menor.
Te puede interesar: Necesario fortalecer marco normativo para enfrentar ciber delitos contra niñas, niños y adolescentes
De igual manera, las reformas al Código Penal estatal obligan a quien ejerza la patria protestad de niñas, niños y adolescentes, a hacer del conocimiento de la autoridad o denunciar ante las instancias competentes cualquier presunto caso de abuso sexual en contra de los menores.
A partir de las modificaciones, las penas previstas actualmente para los casos de abuso sexual en contra de menores aumentarán hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo cuando el delito lo cometa uno de los cónyuges, un ascendiente contra su descendiente, un hermano contra el otro, el tutor contra su pupilo, o por el padrastro, madrastra, concubina, concubinario, amasio o amasia en contra del hijastro o hijastra.
Te puede interesar: Legislatura mexiquense aprobó sancionar con hasta 20 años de prisión por abuso sexual infantil
Se elevarán en la misma medida cuando se haga uso de la violencia física o moral o cuando el delito sea cometido por quien tenga o haya tenido relación con la víctima por motivos laborales, docentes, médicos, domésticos, religiosos o cualquier otro que implique confianza o subordinación.
Indica que, además de la pena de prisión, si el delito es contra un menor de edad, la persona condenada será destituida del cargo o empleo e inhabilitada o suspendida hasta por el término de cinco años en el ejercicio de su profesión, independientemente de las sanciones a que se haga acreedor. Las sanciones también serán mayores cuando el ofendido tenga alguna discapacidad que limite sus actividades.
Te puede interesar: Infancia violentada; flagelo del Estado de México
Con estas reformas se establece, de igual manera, que quien cometa el delito de abuso sexual deberá pagar y reparar los daños y perjuicios de manera integral, además de que será incluido en los casos de reincidencia y habitualidad, por lo que no se otorgarán beneficios, sustitutivos ni la suspensión de la pena de prisión, aún en el caso de delincuentes primarios.