Por mayoría de votos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la reducción de síndicos y regidores en los 125 ayuntamientos mexiquenses, cuya modificación fue aprobada a finales de septiembre pasado por la Legislatura mexiquense.
La decisión, que implicará la desaparición de 407 regidores y 9 síndicos, fue impugnada a través de seis acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos Acción Nacional (PAN), de la Revolución Democrática (PRD), del Trabajo (PT), Verde Ecologista (PVEM), Movimiento Ciudadano y Encuentro Solidario.
Sin embargo, los ministros declararon la iniciativa parcialmente procedente, pero infundados los recursos contra las modificaciones a la Ley Orgánica Municipal y al Código Electoral mexiquenses, pues las dirigencias partidistas no están facultadas para la promoción contra decisiones que escapan del ámbito electoral. Además, descartaron que la reforma haya violado el proceso legislativo por falta de técnica, puesto que los recursos promovidos no cuestionan las reglas del debate parlamentario o la falta de quórum, sino los argumentos de la mayoría basados en el ahorro presupuestal que traerá la medida.
El pleno también consideró infundada el argumento de omisión legislativa para ajustar las fórmulas y garantizar el principio de representación proporcional, e indicó que la variación es razonable, “los porcentajes reflejan una participación adecuada” por ambos principios y garantiza los espacios de representación proporcional. Tampoco, indicaron, se viola el derecho a la reelección, ya que este es una prerrogativa que debe ganarse en las urnas y no un derecho como tal; así como ni el derecho a votar y ser votado, ni el principio de progresividad (descartaron que los cambios impliquen un retroceso a la democracia).
De igual manera, desecharon el argumento en el sentido de que la reforma se realizó en época de veda electoral (90 días antes del inicio del proceso electoral) que los impugnantes contabilizaron a partir de la emisión de la convocatoria por parte de la Legislatura y no con el inicio de actividades del IEEM en enero.
Con las nuevas reglas, propuestas por el senador Higinio Martínez, los cabildos de 96 municipios con menos de 150 mil habitantes (como Teotihuacán, Tianguistenco, Ocoyoacac y Atlacomulco) tendrán nueve integrantes: un alcalde, un síndico, cuatro regidores de mayoría relativa y tres de representación proporcional. En tanto, 18 municipios entre 150 mil y 500 mil habitantes (como Texcoco, La Paz y Chicoloapan) tendrán 11 integrantes del cuerpo edilicio: alcalde, síndico y cinco regidores de mayoría relativa y cuatro plurinominales.
Así pues, los municipios con más de 500 mil habitantes (entre ellos Naucalpan, Nezahualcóyotl, Toluca y Ecatepec) contarán con ayuntamientos de 15 ediles: un presidente, un síndico de mayoría y otro de representación proporcional, así como siete regidurías de mayoría relativa y cinco plurinominales.