A mediados de esta semana, el Congreso de Coahuila aprobó una propuesta de modificación al Código Penal y a la Ley de Protección y Trato digno para los Animales, con el propósito de impedir y regular las llamadas “mutilaciones estéticas” en animales de compañía, así como acciones de regulación de cantidad de individuos de una misma raza animal.
En el segundo ordenamiento quedó establecido que en aquella entidad quedarán prohibidas las mutilaciones de cualquier parte o miembro de un ejemplar, y cualquier cirugía que no sea realizada por un médico veterinario zootecnista a fin de mejorar el desempelo del trabajo o mejorar la calidad de vida.
Lo anterior incluye operaciones para corregir el tamaño de la cola; mutilación para evitar ladridos; esterilización o castración con el fin de evitar la reproducción; cirugías para precisar o corregir indicadores morfológicos y/o fisiológicos inherentes a las características zootécnicas de los animales; y mutilación con fines estéticos o de castración.
Además, se establecieron estas prácticas como constitutivas de sanción en el Código Penal de Coahuila, específicamente en el rubro de delitos de crueldad contra los animales.
¿Cuáles son las sanciones? Aquellas personas que atenten contra los seres sintientes afectando su derecho a una vida libre de violencia podrían pasar de dos a cuatro años de prisión y de 100 a 500 días de multa, así como el decomiso de todos los animales que pudieran tener bajo su cuidado o resguardo.