La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional penalizar la posesión de más de cinco gramos de marihuana, permitidos por ley, para consumo personal.
A excepción de que se pueda probar que no es para consumo personal.
La primera Sala de la SCJN aprobó el proyecto de ministro González Alcántara sobre posesión simple de cannabis, con 3 votos a favor y 2 en contra.
Tres de cinco ministros de la Primera Sala de la SCJN se pronunciaron por la invalidez de una porción del artículo 478 de la Ley General de Salud, que establece una dosis máxima de cinco gramos, sin embargo, castiga hasta con tres años de prisión si excede esa cantidad.
El caso se regresa al Tribunal Colegiado y no crea precedente obligatorio. Será esa instancia quien decida sobre el caso particular.
La ministra Norma Lucía Piña y el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo votaron contra el proyecto y anunciaron voto particular.
Mientras que los ministros González Alcántara, Gutiérrez Ortiz Mena y la ministra Ríos Farjat votaron a favor del proyecto.
El proyecto aprobado no declara inconstitucional el tipo penal de posesión simple.
Los ministros determinaron que los fiscales y jueces son quienes deben aclarar si la droga es para consumo personal, sin importar la cantidad.
El proyecto se desprende de un amparo promovido por la Organización México Unido Contra la Delincuencia, que argumenta la contradicción de la SCJN al haber reconocido el consumo adulto de cannabis.
Con información de Noticieros Televisa.