La Legislatura mexiquense abrogó la Ley para la Declaración de Ausencia por Desaparición del Estado de México, publicada en 2017, y aprobó la Ley de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, con la finalidad de agilizar los trámites, garantizar su gratuidad y proteger los derechos de los desaparecidos.
La propuesta de la morenista Karina Labastida reduce a seis meses los términos procesales para proteger los derechos y la personalidad de la persona desaparecida; en la ley anterior, se debía tramitar primero una declaración provisional de ausencia por desaparición de persona, y a partir de esta se contaba con seis meses para emitir una declaración definitiva: “De igual manera, se hace énfasis en que la Declaración Especial de Ausencia no produce efectos de prescripción penal ni constituye prueba plena en otros procesos judiciales”, planteó la legisladora.
Con el afán de garantizar la gratuidad del trámite, establece que el Poder Judicial del Estado de México y las autoridades competentes que participen en los actos y procesos relacionados con la Declaración Especial de Ausencia, deben cubrir sus costos.
La también morenista Mónica Álvarez, presidenta de la Comisión Especial Para las Declaratorias de Alerta de Violencia de Género por Feminicidio y Desapariciones, instó a las autoridades competentes a dar continuidad a las investigaciones encaminadas al esclarecimiento de la verdad y a la búsqueda de la persona desaparecida. Álvarez Nemer agregó que para garantizar el acceso a la justicia de las personas que no hablen o entiendan el español, pertenezcan a una comunidad indígena o sean extranjeras, se asignará un traductor intérprete de oficio para la presentación y sustentación en todas las etapas procesales.