La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México (Codhem) emitió la recomendación general 1/2020 a los Poderes Ejecutivo y Judicial, a los 125 ayuntamientos mexiquenses y a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) para la protección de las garantías individuales de los grupos en situación de vulnerabilidad al COVID-19.
El documento considera la realización de acciones y medidas tendentes a la atención y prevención de contagios, en especial de personas indígenas, adultas mayores, con discapacidad, mujeres, menores de edad, privadas de libertad, periodistas, personas LGBTI, migrantes, en situación de calle y desaparecidas.
En cuanto a las recomendaciones específicas, la defensoría solicitó al Poder Ejecutivo estatal cubrir y apoyar mediante acciones concretas, medidas, programas, líneas de atención y estrategias a estos sectores.
Pidó al Poder Judicial estatal implementar un programa técnico-jurídico para agilizar la integración de carpetas de ejecución y otorgamiento de los beneficios de libertad anticipada que correspondan a las personas privadas de la libertad que cumplan con la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Requirió a los integrantes de los 125 ayuntamientos mexiquenses mantener y fortalecer las medidas de prevención, contención y atención a la pandemia con un enfoque de protección y respeto a los derechos humanos, evitando consecuencias negativas o afectaciones a la población, privilegiando la máxima protección de las personas o grupos en condiciones de vulnerabilidad y reforzando la concientización para el cumplimiento de la jornada nacional de sana distancia.
Les solicitó acatar las disposiciones de autoridades federales y estatales de salud pública y sociales, como la restricción a la circulación de personas, suspensión de actividades no esenciales y el aislamiento domiciliario; mientras las y los titulares del ejecutivo municipal, integrantes del cabildo, defensoras y defensores municipales de derechos humanos deberán realizar campañas de difusión de información verídica sobre la contingencia epidemiológica por el virus y evitar la violencia social por información distorsionada, modificando las acciones implementadas conforme a las circunstancias de cada municipio o región.
Recomendó a la FGJEM continuar los servicios presenciales en las Fiscalías especializadas, Ministerios Públicos y en las áreas de atención integral a las víctimas de violencia de género, con medidas de protección afines a cada caso, atención médica y psicológica a las personas agraviadas, así como su canalización a las instancias respectivas, garantizando un trato digno y profesional, alejado de cualquier tipo de revictimización, además de ejecutar las diligencias necesarias para la adecuada integración de la indagatoria correspondiente, y privilegiar el derecho de acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia de género.
Solicitó a la Secretaría de Salud garantizar el derecho humano a la protección de la salud en la entidad, respetando la dignidad humana y la estricta observancia de los principios de la bioética, conforme a los estándares nacionales e internacionales de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad; mantener el apoyo a las personas trabajadoras del ramo, con insumos, equipos, materiales e instrumentos suficientes que protejan su integridad, vida y salud para desempeñar su labor con seguridad y calidad.
Ponderar en todo momento el principio pro persona durante la atención de salud y respetar la dignidad humana y la inclusión bajo un enfoque de derechos humanos; implementar en los 48 hospitales que atienden el virus la estrategia para una asertiva y eficiente comunicación entre pacientes, familiares, personal sanitario y periodistas; garantizar el correcto manejo de cadáveres y prever acciones para evitar la desinformación, actos u omisiones que afecten a familiares y ciudadanía.
La Secretaría de Seguridad debe garantizar el uso legítimo de la fuerza y ajustarse a los principios de absoluta necesidad, proporcionalidad y racionalidad, protegiendo a los grupos en situación de vulnerabilidad; elaborar un diagnóstico en todos los Centros Penitenciarios y de Reinserción Social estatal para identificar a las personas privadas de la libertad que reúnan los requisitos de ley y estándares internacionales en la materia, y pueda solicitar al órgano jurisdiccional la conmutación de pena, liberación condicionada o liberación anticipada de un grupo de sentenciados.
Las Secretarías de Movilidad y Seguridad deberán garantizar la integridad de los profesionales de la salud durante su horario laboral durante los trayectos de sus casas al lugar de trabajo y viceversa, y asegurar el acceso y disponibilidad de medios de transporte seguros, libres de violencia y discriminación, gratuitos y de fácil acceso durante la atención a las víctimas de la enfermedad.
La Secretaría de Educación deberá adaptar el sistema educativo estatal con estrategias de educación a distancia que respondan a la emergencia de manera oportuna, priorizando la inclusión y privilegiando el interés superior de la infancia al reforzar el aprendizaje y procurar la permanencia del alumnado.
Por último, la Secretaría de Desarrollo Social, a través del Consejo Estatal de la Mujer y Bienestar Social, deberá promover la concientización y sensibilización sobre el respeto absoluto de los derechos humanos y a la seguridad e integridad personal de mujeres y niñas a través de un sistema permanente de estricta vigilancia, difusión y recopilación de información, para conocer y atender los casos de violencia de género. Las acciones en apoyo a mujeres y niñas en situación de violencia por el confinamiento domiciliario, deben considerar que en la recopilación de información y en las medidas de atención haya respeto a la confidencialidad de las víctimas, para no poner en riesgo su seguridad o integridad personal.