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Publicado en EDOMÉX

Diputados aprueban penas más severas contra el delito de explotación forzada

Miércoles, 27 Abril 2022 13:36 Escrito por  Veneranda Mendoza

Hasta con 27 años de cárcel será castigado en el Estado de México el delito de explotación forzada, cuando las víctimas sean personas indígenas o en condición de marginalidad o vulnerabilidad.

Las nuevas sanciones aplicarán después de que el pleno cameral aprobó reformar el Código Penal y la Ley para Prevenir, Atender, Combatir y Erradicar la Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, ambas de la entidad.

La reforma fue promovida por el partido Movimiento Ciudadano, quién además planteó que este delito se tipifique como una modalidad de trata de personas.

La diputada Juana Bonilla detalló que las sanciones por este delito serán de seis a 12 años de prisión, pero irán de nueve a 18 si es cometido por una persona servidora pública, y se elevarán hasta en una mitad -es decir, llegarán a 27 años de cárcel-, cuando el delito sea cometido en contra de una persona indígena o que se encuentre en condiciones de marginalidad o vulnerabilidad social.

A partir de los cambios avalados por unanimidad, se considerará mendicidad forzada o mendicidad ajena la explotación para obtener un beneficio, cuando se obligue a una persona a pedir limosna o caridad contra su voluntad a través de amenazas de daño grave, uso de la fuerza y otras formas de coacción o engaño, valiéndose de una situación de vulnerabilidad o indefensión.

Las modificaciones también estipulan que el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la entidad (DIFEM) deberá implementar campañas de prevención y denuncia de estos hechos bajo una perspectiva interseccional de género y con enfoque en derechos humanos.

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