Con la advertencia del Partido del Trabajo (PT) en el sentido de que el nuevo órgano podría únicamente responder a intereses de los patrones, la Legislatura local aprobó la Ley del Centro de Conciliación Laboral del Estado de México con la que se crea éste organismo que se encargará de solucionar los conflictos entre trabajadores y patrones, como una instancia previa al juicio ante los tribunales laborales.
Para su funcionamiento, este Centro contará con un Consejo Directivo y un director General como órganos de gobierno. El Consejo Directivo se compondrá por un presidente, que será el Secretario del Trabajo; tres vocales (los secretarios de Finanzas, de Desarrollo Económico y de Justicia y Derechos Humanos); un comisario, nombrado por la Secretaría de la Contraloría, y un secretario, que será el Director General.
No obstante, durante la deliberación, los diputados petistas Armando Bautista y Luis Antonio Guadarrama solicitaron reservar los artículos 10, 18 y 21 de la Ley, para proponer que no fueran solamente servidores del gobierno estatal los que integren los órganos de gobierno del Centro y correspondiera a la Legislatura nombrarlos.
Desde su punto de vista, la justicia laboral auténtica no puede confiarse a un gobierno que no ha estado a favor de los trabajadores, sino de los patrones.
No obstante, la priísta María Mercedes Colín arguyó que no es posible que el Director General del Centro sea elegido por la Legislatura, como a nivel federal, donde el Congreso de la Unión, nombra al titular del Centro Nacional, pues sus atribuciones, facultades y competencias son distintas. Es decir, acotó, “la naturaleza del Centro estatal no justifica que su titular sea designado por los diputados”.
Tras la discusión, las propuestas de los petistas fueron rechazadas por mayoría de votos.
Con esta ley desaparecen las Juntas de Conciliación y Arbitraje, para dar lugar al citado Centro de Conciliación que tendrá entre sus facultades las de celebrar convenios laborales entre las partes, de conformidad con la Ley Federal en la materia; expedir constancias de no conciliación laboral; seleccionar a los conciliadores y demás personal del Centro mediante concurso abierto en igualdad de condiciones y con perspectiva de género, así como expedir copias certificadas de los convenios laborales y documentos que obren en los expedientes que se encuentren en sus archivos.