Tras varios años de lucha de la comunidad Lésbico, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero, Travesti e Intersexual (LGBTTTI), la Legislatura mexiquense tipificó como delito grave los crímenes de odio y determinó otorgarles una sanción que va de los 40 a los 70 años de cárcel (prisión vitalicia).
Conforme a la reforma al Código Penal estatal, promovida por el morenista Gabriel Gutiérrez Cureño, este crimen es entendido como el homicidio con ensañamiento, crueldad o de odio manifiesto motivado por discriminación, aversión o rechazo a la víctima por su condición social o económica, religión, origen étnico, discapacidad, orientación sexual o identidad de género de la víctima.
Además de la prisión vitalicia, el responsable de este delito será sancionado con entre 700 y cinco mil días multa.
Las reformas tienen entre sus propósitos agravar las penas carcelarias cuando los homicidios y lesiones se cometan por odio o rechazo en contra de personas de la comunidad LGBTTTI y de quienes, por otras razones, como su edad, discapacidad, origen o identidad étnica y religiosa puedan ser víctimas de estos delitos.
Además, a quien cometa el delito de lesiones por estas causas, se le impondrán penas de seis meses a dos años de prisión y de 50 a 150 días multa.
Con ello, Gutiérrez Cureño confía que será posible tutelar la dignidad humana, el respeto y reconocimiento de las diferencias sexuales, ideológicas, físicas, de género, de condición social, económica o étnica, “bajo el contexto de que las personas deben de reconocerse unas a otras con tolerancia y respeto de los derechos universales”.