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El juez detalló que el plazo de 72 horas empezará a correr traslado una vez que el narcotraficante quede “jurídica y materialmente” a disposición del juez causa, ya que una “puesta a disposición formal o a distancia haría imposible para el juzgador cumplir con sus atribuciones de garante y vigilante de la estricta observancia de los derechos humanos del procesado”.

Al darle cumplimiento a un amparo que un Tribunal Colegio otorgó a Palma Salazar, la magistrada del Primer Tribunal Colegiado de Apelación de Jalisco, María Dolores Olarte Ruvalcaba determinó que la Fiscalía General de la República (FGR) no ofreció los elementos suficientes para acreditar la plena responsabilidad de “El Güero Palma” en delito de delincuencia organizada, del que se le acusa.

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